La nueva Directiva Europea 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la eficiencia energética, aprobada el 25 de octubre, establece un marco común para el fomento de la eficiencia energética en la UE. En virtud de la misma se obliga a los estados miembros a renovar un mínimo de edificios públicos e impone auditorías energéticas a las grandes empresas.

El Parlamento Europeo ha publicado el texto de la Directiva Europea 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética. Por ella se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE, estableciendo un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética de la Unión para asegurar el objetivo del 20% de ahorro para el 2020.

Se trata de una directiva que activa y acelera el proceso para llegar a los objetivos de eficiencia energética de cara a 2020. Para la UE, “nos enfrentamos a retos sin precedentes debido a una creciente dependencia de las importaciones de energía y la escasez de productos energéticos, así como a la necesidad de limitar el cambio climático y superar la crisis económica”. Se estima que la reducción del consumo energético de la UE en un 20% podría suponer un ahorro de cerca de 50.000 millones de euros al año.

Renovación de edificios
En virtud de la directiva, el sector público tendrá que renovar el 3% de los edificios que posee u ocupa después de julio de 2015. Sería el caso de edificios con una “superficie útil total” de más de 500 m², y a partir de julio de 2015, de más de 250 m². Por otro lado, cada estado miembro tendrá que preparar una “hoja de ruta” para asegurar la eficiencia energética de cara a 2050 de edificios comerciales, públicos y residenciales. Según la UE, los edificios representan el 40% del consumo de energía final de la Unión.

Eficiencia energética
Por otro lado, las compañías energéticas a las que alude la directiva deberán alcanzar un “objetivo acumulado del uso final de ahorro de energía” para 2020. Dicho objetivo se basa en la reducción de las ventas de energía en un 1,5% cada año entre sus clientes a través de mejoras en los sistemas de calefacción, instalación de ventanas de doble acristalamiento o techos aislantes.

La directiva también obliga a las grandes empresas a someterse a una auditoría energética, que tendría que comenzar dentro de un plazo de tres años desde la entrada en vigor de la directiva y debe llevarse a cabo cada cuatro años por expertos cualificados y acreditados.

Los proveedores de energía también deberán garantizar antes del 1 de enero de 2015 que la información de las facturaciones es correcta y basada en consumos reales. La directiva también obliga a los estados miembros a facilitar el establecimiento de medidas de financiación para la implantación de actuaciones de eficiencia energética.

Cada estado miembro tendrá que presentar sus objetivos nacionales en abril. La Comisión Europea evaluará si estos objetivos son suficientes para lograr el objetivo europeo de cara a 2020, así como las reevaluaciones de los planes necesarias. El proceso se revisará en el primer semestre de 2014, incluyéndose la posibilidad de poner en marcha nuevas medidas en caso de que sea necesario.

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